Facturación electrónica y tus primeras obligaciones tributarias: lo que debes saber desde tu primera venta
Por Empiiu | Sistema de Gestión para Emprendedores · 2 min de lectura

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La ansiedad de "hacer algo mal" con la DIAN frena a muchos negocios nuevos en Colombia antes de vender la primera unidad. Esto es lo que realmente aplica desde el inicio, sin mitos ni exceso de trámites que no te corresponden todavía.
Las obligaciones tributarias de un negocio nuevo en Colombia dependen de tres factores: el régimen tributario en el que estés inscrito, si eres responsable de IVA o de impuesto al consumo, y el volumen de tus ingresos. No existe una única regla que aplique igual a todos los emprendedores desde el primer día.
Están obligados a facturar electrónicamente, sin excepción por nivel de ingresos:
En la práctica, esto significa que casi cualquier negocio formal en Colombia termina obligado a facturar electrónicamente poco después de constituirse, y puede implementarlo sin costo usando la plataforma gratuita de la DIAN.

Régimen Simple de Tributación (RST) | Régimen ordinario | |
Límite de ingresos anuales | Hasta 100.000 UVT (aprox. $5.237 millones en 2026) | Sin límite |
Tarifa | Progresiva, entre 1,2% y 14,5% sobre ingresos brutos | Tarifas del impuesto de renta según utilidad |
Facturación electrónica | Obligatoria siempre, sin importar ingresos | Obligatoria si superas 3.500 UVT o eres responsable de IVA/consumo |
Ventaja principal | Simplifica declaraciones y mejora el flujo de caja | Permite deducir más costos y gastos detalladamente |
Para la mayoría de los negocios que empiezan, el RST simplifica la operación y libera tiempo que de otra forma iría a trámites tributarios. Sin embargo, no aplica a todas las actividades: hay exclusiones específicas (entre otras, ciertas actividades financieras y de arrendamiento de activos) que conviene revisar con un contador antes de inscribirse.
Si tu negocio es de alimentos o bebidas —restaurante, cafetería, bar—, ten en cuenta además el impuesto al consumo del 8% sobre el valor de lo vendido, distinto del IVA y con declaración bimestral ante la DIAN.
Si estás inscrito en el Régimen Simple de Tributación o eres responsable de IVA o impuesto al consumo, sí, sin importar cuánto factures. Si estás en régimen ordinario y no eres responsable de esos impuestos, la obligación aplica al superar 3.500 UVT anuales.
La plataforma gratuita de la DIAN no tiene costo para negocios pequeños. Existen proveedores tecnológicos privados con funciones adicionales, mediante pago, pero no son obligatorios para cumplir con la norma.
Las sanciones van desde el cierre del establecimiento por 3 días hasta multas de hasta el 1% de los ingresos operacionales del año anterior, con un tope de 950 UVT (cerca de $49,7 millones en 2026).
Depende de tu actividad y tus ingresos proyectados; el RST suele simplificar la operación de negocios pequeños, pero no aplica a todas las actividades. Confírmalo con un contador antes de inscribirte.
No. Aplica principalmente a restaurantes, bares, cafeterías y servicios similares, con una tarifa del 8% sobre el valor del consumo, y se declara de forma bimestral.
- Casi todo negocio formal en Colombia termina obligado a facturar electrónicamente: el RST lo exige sin importar ingresos, y el régimen ordinario lo exige al superar 3.500 UVT o al ser responsable de IVA o consumo.
- La plataforma gratuita de la DIAN permite implementar la facturación electrónica sin costo.
- El Régimen Simple de Tributación simplifica la operación para la mayoría de negocios nuevos, pero tiene exclusiones que conviene revisar antes de inscribirse.
- Los negocios de alimentos y bebidas deben además declarar el impuesto al consumo del 8%, distinto del IVA.
Fuentes: DIAN, régimen simple de tributación y facturación electrónica 2026; contenido complementario de @empiiucol en Instagram.